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Guardas Forestales de Biescas a principios del s. XX. Foto: Colección Tomás Ayerbe |
La
protección y conservación de los recursos naturales con diferentes fines ha
sido una constante en las diferentes etapas históricas por las que ha
atravesado nuestro país, habiendo existido desde antiguo diferentes figuras de
personal que se dedicaba por mandato de las diversas autoridades de cada época
a estos menesteres.
Los
antepasados de esta profesión han sido históricamente reconocidos mediante distintas denominaciones: guardas de montes, campos y sembrados,
monteros, ballesteros y lanceros, guardas, escopeteros, migueletes, fusileros
guardabosques, salvaguardias reales, celadores de montes, etc.
No obstante, la
fecha que se ha tomado como referencia del origen de los Agentes Forestales y
Medioambientales de España fue el 11 de julio de 1877,
cuando, bajo el reinado de Alfonso XII, se promulga la Ley de Mejora, Fomento y
Repoblación de los Montes Públicos. En dicha Ley se crean los denominados “Capataces de cultivos” y dos años más tarde se
les autoriza a denunciar los daños que se causen en los bosques.
Unas décadas después, ya en el año 1907, tras apreciar la
necesidad de contar con un Cuerpo específico dedicado a la protección y
conservación de los montes, se crea el Cuerpo de Guardería Forestal del Estado.
Más tarde, ya en la Segunda República, los miembros del Cuerpo de Guardería
Forestal Republicana pasan a ser considerados Funcionarios Públicos,
se determina el acceso al Cuerpo mediante oposiciones y se declara oficialmente
a los Guardas Forestales Auxiliares de Orden Público.
Durante la
Dictadura se produce una importante reforma del Patrimonio Forestal del Estado
y se aprueban dos Reglamentos de regulación del Cuerpo Especial de la Guardería
Forestal del Estado: el primero en el año 1941, y el segundo, que ha estado
vigente hasta nuestros días como legislación supletoria en aquellas Autonomías
que carecían de regulación específica, en el año 1966 (Decreto 2481/1966). Cabe
destacar de este último Reglamento la reafirmación del carácter de
Agentes de la Autoridad y de Policía Judicial de todos los miembros del Cuerpo
de Guardería Forestal.
LAS TRANSFERENCIAS A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Con la llegada de la Democracia se empiezan a suceder importantes cambios para el colectivo: el primero llega en el año 1978 cuando un Decreto de regulación del régimen retributivo del Cuerpo de Guardería Forestal del Estado trae consigo el cambio de denominación: los Guardas Forestales pasan a llamarse Agentes Forestales.
Posteriormente,
ya con la Constitución aprobada, se producen las transferencias en materia
medioambiental a las Comunidades Autónomas, las cuales asumen la competencia
exclusiva en cuanto a la gestión y organización del personal del transferido
del Cuerpo de Guardería Forestal del Estado. De este modo y con el paso de los
años cada Administración Autonómica ha llevado a cabo de diferente manera la
regulación, e incluso denominación de los profesionales dedicados a la policía
custodia y vigilancia del medio natural.
LA HISTORIA DE LOS AGENTES FORESTALES EN ASTURIAS.
LA HISTORIA DE LOS AGENTES FORESTALES EN ASTURIAS.
Con la aprobación del Estaturo de Autonomía, Asturias pasa a tener la competencia en la protección de la naturaleza y en la gestión del personal funcionario. El origen de la Guardería autonómica tiene lugar en el año 1985 con la aprobación de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias. En esta ley, se crea la Escala de Guardas Rurales, con funciones de custodia o policía de la riqueza forestal, piscícola y cinegética, así como de vigilancia y conservación del patrimonio de la Comunidad Autónoma.
En el año 2012, la Guardería Rural sufre un proceso de reclasificación al grupo C de la Administración, creándose la escala de Guardas del Medio Natural mediante la ley 15/2002 de medidas presupuestarias, administrativas y económicas. Esta nueva escala, que sustituye a la de Guardas Rurales e integra a todos los sus miembros, y que es la escala vigente actualmente, tiene como competencias:


“La vigilancia, policía, custodia y protección de los bienes forestales,
cinegéticos, piscícolas y de los recursos naturales, así como de aquellas
otras que tendentes al mismo fin les asigne el ordenamiento. Información,
inspección y control en materia de calidad de las aguas y evaluación de
impacto ambiental. Cualquier otra función de carácter medioambiental que
sea competencia de la administración del Principado de Asturias, acorde
con su capacitación y calificación profesional. Los funcionarios
pertenecientes a esta escala tendrán la consideración de agentes de la
autoridad en el ejercicio de sus funciones”.
En el año 2015, con la Resolución de 24 de junio de 2015, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, se establece la uniformidad y equipamiento de la Guardería del Medio Natural, incorporando la nueva denominación de Agente del Medio Natural, estableciendo distitntivos y emblemas propios, etc.

Actualmente unos 142 Agentes se encuentran adscritos a la Dirección General de Recursos Naturales, realizando labores relacionadas con la caza, la pesca, las especies catalogadas y los espacios naturales protegidos. Se integran en diferentes centros de trabajo al frente de los cuales se halla un Guarda Mayor.
Unos 96 Agentes se encuentran adscritos a la Dirección General de Montes, encargados de la vigilancia de los montes, prevención de los incendios y gestión de los recursos forestales. Estos Agentes tienen a su cargo un territorio más o menos extenso y se integran en 14 comarcas forestales, cada una a cargo de un Guarda Mayor.
Realizando labores de investigación de los incendios forestales se encuentran 8 Agentes adscritos a la Dirección General de Seguridad pública, en las BRIPAS.
Fuente: AEAFMA